Murcia a 11 Diciembre de 1770.
Faltando en este informe la expresión de si los mayordomos de las cofradías suplen, y costean los gastos que se expresan; lo deberán decir, a continuación, la cofradía y Ayuntamiento de la Villa de Lebrilla en el preciso termino al tercer día. Carrillo.
Los gastos y costes que expresa esta carta e informe en los bien echares entran en poder de los mayordomos públicos que hace a las cofradías de Jesús, Soledad, Sacramento y en la de Animas en el hermano mayor y por la pertinente al hospital de Concepción en su Mayordomo administrador y por los mismos sus costes y distribuir y dar sus cuentas ante el cura de esta parroquial lo que allí informa esta carta y Ayuntamiento de Librilla 15 de Diciembre de 1770. Firman:
Sebastián García, Pedro Bastida Montalbán, Francisco Navarro Aliaga y Benito García Pérez.
Muy Señor mió en vista de la carta de 14 de Octubre pasado, de próximo en asuntos de Hermandades, Cofradías, Congregaciones y Gremios. Esta solo hay en esta villa cofradías la del Santísimo Sacramento, Soledad, Jesús y Animas, las cuales están a expensas de las limosnas que dan los fieles por su devoción, y se convierten en el culto de las soberanas imágenes y sufraga a las benditas Animas, Concepción de la cofradía de la Soledad que posee un bancalito de una tahulla. Su renta anual 30 reales y en esta conformidad dicha cofradía antecedente tiene de gasto anual 120 reales en la función de dicha severa imagen y niño perdido; y en la novena 100 reales, con sermón de esenclavamiento 40 reales. La cofradía de las animas gasto de cera en la octava y novena seiscientos reales en las misas de Animas y de once de los Domingos, fiesta y medias, 7 reales por cada día y 5 reales por la limosna de la misa que se celebra todos los lunes del año, convirtiéndose como se convierte el sobrante de otras limosnas, en misas que se celebran por otras venditas Animas. La cofradía de Jesús, también a expensas de las limosnas quedan los fieles por su devoción, tiene de gasto en cada un año 150 reales en la festividad de la exaltación de la Santísima Cruz, y en la de Sermón de Disciplina y Curación de Penitentes en el día del Jueves Santo de cada un año. La cofradía del Santísimo Sacramento que se halla también a expensas de las limosnas, tiene de gasto en cada un año 610 reales, por la cera y demás gastos de monumento y 132 reales también en cada un año en las Minervas (procesión del Domingo después de jueves de Corpus y hace referencia a la basílica de Santa Maria supra Minerva de Roma) de cada tercer domingo de cada mes.
En las otras cofradías, tienen su cabildos en cada un año, para mudar mayordomos mayor. Hermanos y demás; a las cuatro Cofradías están aprobadas solamente, por el ordinario decreto obispado.
Asimismo hay en esta villa una Ermita y Hospital constituido de Nuestra Señora de la Concepción que tiene de renta anual 1500 reales, que producen las propiedad raíces que poseen y se convierten en la conducción de pobres, enfermos, peregrinos y pasajeros al hospital de la ciudad de Murcia y otras partes; y en la conducción de niños expósitos de esta villa y de otras partes que se conducen por tránsitos a la cuna de dicha ciudad de Murcia esto consta al cargo de su mayordomo Administrador que nombra una por el tiempo de su voluntad el excelentísimo señor obispo de este obispado. También tiene a su cargo otra Ermita para dar sepultura eclesiásticos a todos los pobres de
solemnidad, a si vecinos como pasajeros. No habiendo otra cosa de que se haga mención con arreglo a dicha orden.
Dios nuestros bendiga a vuestra santidad muchos años.
Librilla 12 Diciembre de 1770. Firman Sebastián García (mayordomo), Francisco Navarro Aliaga, José Hernández, Pedro Bastida Montalbán, Benito García Pérez.
INFORME DE INTENDENCIA DE MURCIA. (LIBRILLA)
Esta villa tiene 4 cofradías, o hermandades sin aprobación alguna que son del Sacramento, Soledad, Jesús y Animas, cuyos gastos todos se costean con las limosnas de los vecinos por no tener renta alguna y como gravosas al público, deben extinguirse; quedando en la de la Soledad los 30 reales de su dotación física para una misa cantada en su día; prohibiéndose por el mismo hecho hasta aquí, quedando solo la Ermita y Hospital de nuestra señora de la Concepción con su renta fija de 13.500 reales y loables fines de su instituto. Murcia 30 de septiembre de 1774. D. Antonio Carrillo Mendoza
Nota. Quedan extinguidas las 4 cofradías y consortes, las festividades de Soledad y hospital de la Concepción. Rentas fijas 13530 reales, gastos 13740 reales, juntas 6.
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